Multas de tránsito

En esta sección podrás expresar todo aquello que no tenga que ver con el Torino.
Responder
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 21 Jun 2019, 08:56

Consultorio vial
Multas de tránsito: diez claves que hay que conocer cuando se recibe un acta de infracción
Cómo saber si es válida y cuáles son los pasos a seguir, desde su recepción hasta su pago o discusión frente a un controlador de faltas.
https://www.clarin.com/ciudades/multas- ... UOjF3.html

Cada año se labran 4 millones de actas de comprobación de faltas en la ciudad de Buenos Aires. Cuando el dueño de un vehículo registrado en esta jurisdicción recibe una notificación en la que se lo intima a “realizar el pago voluntario u oponer defensas y excepciones”, se dispara una serie de preguntas. ¿Estará bien hecha la multa? ¿Corresponde pagarla? ¿Cuánto tiempo hay para hacer el pago voluntario? ¿Es necesario un abogado para ir al Controlador? ¿Se pueden apelar las sanciones? Estas y otras dudas son analizadas a continuación.
1- El labrado del acta

Las infracciones de tránsito pueden confeccionarse de tres maneras.

a) La fotomulta. Los excesos de velocidad, la invasión de senda peatonal, la violación de luz roja, la violación de peajes, la invasión de carriles de la avenida Córdoba y el ingreso al área restringida del centro son detectados por cámaras fijas que toman la foto de la infracción, a la que luego se le agregan los datos del responsable. El estacionamiento indebido se fiscaliza con cámaras móviles instaladas en los cascos de los Agentes de Tránsito que conducen motos. La Ley 1217 de Procedimiento de Faltas otorga plena validez a los medios electrónicos de control.
b) El acta manual. La histórica multa escrita en el talonario está en retroceso: ha sido reemplazada por palms operadas por los Agentes de Tránsito que detectan una falta en la vía pública. Al igual que con papel y birome, con estos dispositivos recogen todos los datos exigidos por la ley (lugar, fecha, hora, vehículo implicado, tipo de infracción, etc.) Estas multas son tan válidas como las fotomultas.
c) Las denuncias de vecinos. A través de la app Denuncia Vial, los vecinos pueden mandar la imagen de una infracción al Gobierno de la Ciudad, que la procesará y la convertirá en una denuncia de infracción formal en caso de que corresponda. Se limita sólo a faltas por estacionamiento indebido.
2- La citación

Luego de que se labra el acta, se ubica al titular del vehículo en la base de datos del Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Con ese dato se elabora la citación, en la que se ofrece el pago voluntario o la posibilidad de efectuar descargo ante el Controlador de Faltas. En caso de que el vehículo tenga dos o más dueños, la citación suele enviarse al primero que figura en el Título de Propiedad, pero todos los titulares son corresponsables de la falta.

3- El Pago Voluntario

Desde el momento en que el titular recibe la notificación tiene 40 días corridos para cancelar la infracción con un descuento del 50%. Vencido el plazo, la multa pasa a costar el doble, que es su valor real.
4- La presentación ante el Controlador

Si el responsable rechaza el pago voluntario, la Ley de Faltas le otorga el derecho a efectuar su descargo y presentar pruebas ante el Controlador de Faltas. La sede central de la Dirección General de Administración de Infracciones está en Hipólito Yrigoyen 2346, pero hay oficinas en todas las Comunas. También hay Controladores online, a los que se contacta por el chat oficial. Para ser atendido de manera presencial hay que sacar turno en la web de la ciudad (www.buenosaires.gob.ar) o a través del 147.

5- La sanción

Si el Controlador resuelve tomar por válida la infracción, lo habitual es que imponga una pena de multa (hay trabajos comunitarios pero sólo para taxistas, y en algún caso también se puede aplicar una amonestación). Cuidado: no sirve como defensa sostener “que me demuestren que cometí la falta”. Es al revés: para la ley, la denuncia de un Agente es prueba suficiente de la comisión de la infracción a menos que el acusado aporte elementos que la desmientan. De hecho, en el Procedimiento de Faltas se invierte la carga de la prueba. En cualquier caso, la multa puede abonarse hasta en 12 cuotas mensuales.
6- Las multas que no se pagan

Si dentro del plazo otorgado para el pago de la sanción este no se efectúa, el Controlador emite un certificado de deuda y gira la causa a Mandatarios para su cobro. Atención: además de la pena, el infractor deberá pagar intereses y los honorarios profesionales del Mandatario interviniente.

7.- La condena condicional

En los casos de primera condena, el Controlador puede dejar en suspenso su cumplimiento. O sea, se aplica la sanción pero no se cobra, queda latente. Si dentro del término de un año el condenado no comete una nueva falta, la condena se tiene por no pronunciada. Caso contrario, si vuelve a ser condenado, se suman las multas de ambas faltas, la anterior y la nueva.
8.- La apelación

La ley le otorga al infractor el derecho a solicitar que la causa sea elevada a la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas en caso de no estar de acuerdo con la resolución dictada por el Controlador. El pedido se efectúa por escrito dentro de los 5 días hábiles contados a partir de que fue notificada la sanción. El Controlador recibe la petición, cierra la instancia administrativa y envía el Legajo a la Justicia para su tratamiento.

9.- La instancia judicial

Las actuaciones ingresan al fuero y el juzgado sorteado le envía una citación al titular al domicilio que éste constituyó en el pedido de elevación. Importante: debe ser una dirección dentro de la ciudad de Buenos Aires. Si tras la citación judicial el conductor no se presenta, la decisión del Controlador quedará firme y habrá que pagar la multa impuesta. Caso contrario, en la fecha fijada se llevará cabo la audiencia oral con el Juez. No hace falta tener patrocinio letrado, aunque se puede asistir con un abogado particular o solicitar la intervención del Defensor oficial. El Juez resuelve según su criterio: lo resuelto en sede administrativa por el Controlador no resulta vinculante. Si se aplica una condena, el infractor tiene el derecho de solicitar la apelación a la Cámara.
10.- La prescripción de la pena

A partir de que el Controlador impone una pena de multa, el Gobierno de la Ciudad tiene 2 años para perseguir su cobro. Caso contrario, la condena prescribirá, la causa se archivará por el paso del tiempo y la deuda desaparecerá. Este plazo es diferente al de prescripción de las infracciones, que es de 5 años desde la notificación. Atención: las intimaciones de pago fehacientemente notificadas interrumpen el plazo, que comienza a contarse otra vez desde cero.

Pablo Martínez Carignano es especialista en seguridad vial. Se lo puede consultar vía Twitter (@Mutandisonline)

NS
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 02 Oct 2019, 08:02

Seguridad vial
Prueba piloto: multan los excesos de velocidad con tiempo en lugar de dinero
La iniciativa la llevan adelante en Estonia, con sanciones de 45 o 60 minutos.
https://www.clarin.com/autos/prueba-pil ... jpt24.html

Una gran parte de los accidentes de tránsito que se producen tiene que ver con circular a una velocidad excesiva o inadecuada. Según el Real Automóvil Club de España, es la segunda causa más frecuente de siniestralidad, por detrás de las distracciones, que cada vez son más preocupantes.

A mayor velocidad la distancia de detención aumenta, el campo de visión disminuye y las probabilidades de morir o sufrir lesiones graves en caso de colisión se disparan.Por ejemplo, si circulamos a 90 km/h vamos a necesitar 70 metros para detener completamente el vehículo, pero si la velocidad es de 100 km/h la distancia aumentará a 84 metros.En el caso de la visibilidad ocurre lo mismo, si un conductor circula a 65 km/h, el campo de visión es de 70 grados, si va a 100 km/h es de 42 y 150 km/h de 18 grados.

A pesar de que los precios de las multas por exceso de velocidad son altos, el problema persiste. Parece que los usuarios no son realmente conscientes de cuáles son los riesgos que conlleva conducir a altas velocidades.Esto hace pensar que más que subir el precio de las multas, puede que lo necesario sea replantear el tipo de sanción. Este es el caso de Estonia, en donde se están planteando una serie de técnicas innovadoras como solución al aumento de accidentes en rutas por velocidad.

Según ERR News, la compañía de radiodifusión pública de Estonia, las autoridades del país están ofreciendo a los conductores que excedan el límite de velocidad la posibilidad de elegir entre 45 o 60 minutos de retención del automóvil o una multa.

Conscientes de la importancia del tiempo en la sociedad hiperactiva en la que vivimos, puede que este tipo de sanción sea más efectiva que una económica.En este sentido, si un conductor supera el límite de velocidad por 20 km/h, deberá esperar 45 minutos en una área de estacionamiento al lado de la ruta, y 60 minutos si la conducción sobrepasa por 21 y 40 km/h el límite permitido.

Por el momento, la solución está en fase de prueba y se realizará en la ruta entre Tallin y Rapla. Solo aquellos conductores que no hayan tenido infracciones de tránsito tendrán la opción de elegir entre los dos tipos de sanciones.

Más allá del castigo, lo que las autoridades buscan es cambiar los hábitos de los conductores para que dejen de reincidir en estas acciones que pueden tener consecuencias fatales, no solo para ellos sino para el resto de usuarios de la vía pública.

La Vanguardia
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 04 Oct 2019, 08:24

Consultorio vial
“Es la palabra del agente contra la mía”: ¿sirve este argumento para defenderse de las multas de tránsito?
En materia de faltas de tránsito, la presunción de inocencia no existe. Y si quien labró el acta se equivocó, es el sancionado quien debe demostrarlo.
https://www.clarin.com/ciudades/-palabr ... yu32j.html

“¿Qué pruebas hay de que cometí la infracción?” “Es la palabra del agente de tránsito contra la mía”. “Quiero ver la foto”. “Mañana a un agente se le ocurre escribir que pasé diez veces en rojo y yo qué hago”. Estos argumentos se escuchan todos los días en la Unidad de Control de Faltas del GCBA. Son de los infractores que, por desconocimiento de las normas o por estrategia para zafar, recitan estas fórmulas, fundadas en un supuesto sentido común general.

En esta nota se intentará explicar por qué cada una de estas afirmaciones no sirven para evitar una multa.
Que me lo demuestren. De acuerdo con la Ley de Procedimientos de Faltas, la denuncia de un agente de tránsito se considera prueba de la falta. No se trata tan sólo de “su palabra”, sino de una constatación de una infracción por parte de un funcionario público. Negar los hechos no alcanza. A diferencia de lo que ocurre en el Derecho Penal, en Faltas la presunción de inocencia no existe y es el denunciado quien tiene sobre sí la carga de la prueba: debe demostrar que no hizo lo que un agente dijo que hizo. Para contradecir la palabra del agente hay que demostrar que cometió algún error. Por ejemplo, que puso mal la marca del auto, un lugar que no existe o hizo un acta por mal estacionamiento en una calle donde sí se puede estacionar. La otra alternativa para cuestionar un acta es cuando el conductor tenía alguna justificación para cometer la falta. Como una franquicia de discapacitados, una urgencia médica acreditada o un desperfecto mecánico comprobado.
Quiero ver la foto. La mayoría de las infracciones que se labran son mediante fotomultas, tanto por exceso de velocidad como por mal estacionamiento. Por eso, es habitual que quienes reciben una infracción sin foto crean que no sirve sin esa prueba gráfica. “Quiero que me muestren la foto”, exigen. La realidad es que no es necesario que la denuncia sea acompañada con una imagen: las actas escritas en talonario de papel o las electrónicas, que se hacen con un dispositivo de mano y en las que solamente se cargan los datos pero no adjuntan foto, son igualmente válidas y aceptadas por los controladores.

Yo no manejaba. Según la normativa vigente, cuando no se identifica al conductor (lo más habitual, ya que los agentes casi nunca paran al auto para identificar al responsable en el momento del hecho), responde por las infracciones el titular del vehículo. Si quiere que otra persona se haga cargo, debe llevarla ante el controlador: no se aceptará a cualquiera, sino sólo a un cotitular o a un autorizado a manejar mediante cédula azul.
Nunca me notificaron. No recibir la citación es algo habitual, sobre todo si hay que notificar a vecinos de otras jurisdicciones. Sin embargo, no es un argumento útil para que se archive la causa. Sirve, en cambio, para solicitar que se mantenga el descuento del 50% del pago voluntario y, en caso de que haya transcurrido el plazo necesario, para pedir la prescripción de la falta. Siempre es aconsejable evitar sorpresas y chequear periódicamente la web del GCBA y la de provincia de Buenos Aires para verificar si hay infracciones pendientes.
* Pablo Martínez Carignano es especialista en seguridad vial. Para consultas, seguirlo en Twitter (@MutandisOnline)

NS
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 11 Oct 2019, 08:21

Consultorio vial
¿Hay que pagar las multas de las rutas provinciales?
En qué casos las actas de infracción de otras jurisdicciones son válidas y qué se puede hacer para resolverlas.
https://www.clarin.com/ciudades/-pagar- ... MQNsT.html

A la hora de renovar el registro o vender el auto, muchos se encuentran con infracciones de otras provincias y aparecen las dudas. ¿Son válidas? ¿Hay que pagarlas? ¿Pueden resolverse desde la ciudad de Buenos Aires?Argentina es un país federal y el tránsito es una competencia local, por lo que las provincias tienen la potestad de efectuar controles y labrar actas de infracción, entre ellas las siempre controvertidas fotomultas. Cuando se consulta la web de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el organismo manifiesta ser quien garantiza la validez de los equipos y procedimientos pero al mismo tiempo informa que las provincias y municipalidades "realizan reservas en la materia", lo que dicho fácil significa que hacen lo que creen conveniente.Si bien se han dictado fallos que cuestionaron el procedimiento de fiscalización que llevan adelante muchas autoridades locales (radares no anunciados, falta de notificación en el momento del hecho, ausencia de señalización de la velocidad máxima, etc.), la realidad es que esas decisiones judiciales tuvieron efectos sólo para algunos casos particulares: las actas se siguen haciendo y si aparecen en el CENAT (para renovar la licencia) o en el Registro de la Propiedad Automotor (para transferir el vehículo) es obligatorio resolverlas y no resultará eficaz decirle a un empleado “son nulas, lo leí en el diario” y pretender que se archiven sin más.Cómo se resuelven

Al día de hoy, Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe son las jurisdicciones que labran más infracciones en las rutas: aunque existen otras provincias y ciudades que también fiscalizan, estadísticamente los conductores porteños tienen muchas más probabilidades de recibir un acta de alguna de las "3 grandes" que de otros lugares. Cuando eso sucede, la pregunta es siempre la misma: ¿cómo hago para hacer mi descargo, si vivo a cientos de kilómetros del lugar de donde me citan?De acuerdo con el artículo 71 de la Ley Nacional de Tránsito, "será optativo para el infractor prorrogar el juzgamiento al juez competente en razón de su domicilio". La norma también estipula que "el Estado Nacional propiciará un sistema de colaboración interprovincial para las notificaciones, juzgamiento y toda otra medida que permita homogeneizar los procedimientos". Traducido: si se cumpliera la ley y alguien de la Ciudad de Buenos Aires recibiera una infracción de la provincia de Córdoba, podría resolverla en Capital. Pero una cosa es la letra de la ley y otra es la realidad: nada de eso existe.

En la Argentina no hay coordinación interjurisdiccional en materia de infracciones, juzgamiento en cercanía ni convenios de reciprocidad de gestión de cobro, por lo que las infracciones deben discutirse en el lugar en el que fueron confeccionadas, aunque haya que hacer 1.000 kilómetros para ir a ver al juez de faltas. El envío de una carta suele ser una opción, pero de dudosa efectividad y, como se verá, con la pérdida del descuento por pago voluntario.
Pagar es fácil, defenderse no tanto

Córdoba
Si la infracción fue labrada por la Policía Caminera, puede abonarse con tarjeta de crédito a través de www.rentasweb.gob.ar, ingresando a la opción "Consulte su deuda - Multas Policía Caminera" en este link. Otra opción es dirigirse a una sucursal del Banco de la Provincia de Córdoba.

Si, en lugar de pagar, el imputado quiere ejercer su derecho de defensa, puede realizar el denominado “descargo de multas de Caminera”. El trámite se debe realizar en el Juzgado de Faltas que corresponda al lugar del hecho, de acuerdo con este listado. Según informa la propia Policía Caminera, "el trámite suele demorar varios días y es posible que exceda el tiempo vigente para abonar el pago voluntario del acta", toda una invitación a sacar la billetera.

Santa Fe
Las infracciones de la provincia de Santa Fe también pueden pagarse con facilidad. Hay que ingresar al Juzgado Virtual en la web y allí se inicia el trámite que finaliza en el pago online. Para las multas labradas en la ciudad de Rosario, la página web es esta otra.

Al igual que en Córdoba, discutir las infracciones implica acercarse al Juzgado de Faltas interviniente o aportar descargo por escrito para que el juez dicte sentencia. También se advierte que "la presentación ante un Juzgado de Faltas habilitado hace perder al usuario los beneficios de descuento por pago voluntario" y que "la presentación ante un Juzgado de Faltas y el registro de un descargo en el sistema provincial, impiden al usuario la generación de comprobantes de pago a través del Juzgado Virtual". El listado de Juzgados de Faltas provinciales puede chequearse en este link. Mientras tanto, este es el listado de los juzgados radicados en la ciudad de Rosario.

Buenos Aires
Las infracciones labradas en las rutas bonaerenses también pueden consultarse on line. En la misma web se ofrecen las tres opciones posibles ante una falta no resuelta: pagar con tarjeta, ir al Juzgado de Faltas personalmente (hay provinciales y municipales, según el lugar de comisión de la infracción) o bien efectuar un descargo a distancia, a través de un formulario que se descarga y se envía una vez completado. Atención: las multas de la Provincia son más caras que las de la Ciudad de Buenos Aires. La Unidad Fija, referencia que se toma para cuantificar la sanción, está en $ 51.73, mientras que en Capital continúa en $ 21.40.

Quienes vivan en la ciudad de Buenos Aires y prefieran defenderse personalmente pero sin viajar por caso a Dolores o Chascomús (las fotomultas de Ruta 2 son muy habituales) pueden presentarse en la Casa de la Provincia de Buenos Aires (Callao 237), donde funciona un Juzgado Administrativo especializado.

* Pablo Martínez Carignano es especialista en seguridad vial. Para consultas, seguirlo en Twitter (@MutandisOnline)

NS
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 01 Nov 2019, 08:17

Peligrosos al volante
Cuáles son los autos más multados de la Argentina
El relevamiento, realizado por el sitio Motortale, indica que el exceso de velocidad es la infracción más recurrente.
https://www.clarin.com/autos/autos-mult ... a1CjA.html

Quienes a menudo recorremos rutas y autopistas e incluso andamos por la ciudad solemos llevar una estadística propia sobre los modelos que más multas suelen cometer. Mejor dicho, qué tipo de vehículos y modelos suelen manejar los conductores más temerarios.Motortale, la plataforma digital que ofrece información acerca del estado de cualquier auto usado, reveló cuáles son los vehículos más multados del país según un relevamiento realizado sobre su base de datos.Un dato no menor es que en el informe no fueron incluidos ni taxis ni colectivos.

Del sondeo se desprende que el exceso de velocidad lidera el ranking de infracciones, seguida de cerca por el mal estacionamiento.

Según el estudio, estas dos infracciones corresponden al 85% del total (unas 800) cometidas por los ocho autos 8 autos más multados. Las restantes se dividen en infracciones por irregularidades en la licencia, tomar giros incorrectos, y circular por carriles o zonas prohibidas, entre otras.

Sorpresivamente, en el informe no figuran infracciones por el uso del celular al volante ni el cruce en luz roja, dos de las más comunes según distintos informes de entidades de seguridad vial.El total de los vehículos relevados cometió un total de 1.973 multas, siendo un Volkswagen Passat 2.0, del año 2010, el mayor infractor con un máximo de 128 multas (90 por exceso de velocidad)

Distintos conductores de modelos de Volkswagen, como Bora, Suran y Passat, fueron los que más infracciones cometieron; seguidos por otros de Ford y Toyota. El informe detalla otro caso particular, el de un Ford EcoSport Titanium que posee 99 multas exclusivamente por estacionar en lugares prohibidos; todas en la misma cuadra durante un lapso de un año y medio.

Un tipo de multa que no se tiene en cuenta es el incumplimiento en el pago de los peajes. Sin embargo, esta es una de las sanciones frecuentes sobre todo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esto no significa que un auto rompa la barrera y se rehúse a pagar, sino suele darse en entradas a autopistas exclusivas para usuarios de TelePASE.

“En el caso de que uno decida utilizar una entrada que solo tiene un arco lector y no tiene el sticker, le aparecerá una multa por evasión de peaje o rompimiento de barrera. Hay un caso de un Toyota Camry del 2007 con 27 de estas multas”, puntualizan desde Motortale.

Fuente: Motortale
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 11 Nov 2019, 08:39

La multas de la Policía Caminera escalaron y superan los cien mil pesos
https://www.cba24n.com.ar/la-multas-de- ... mil-pesos/



La base del calculo para penar las infracciones se ajustó con la suba de los combustibles.

La suba en el precio de los combustibles impulsó un incremento en las multas de la Policía Caminera.

La Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (Fecac) estableció el valor de la nafta súper al 5 de noviembre en 52,94 pesos.

De acuerdo a la Ley Provincial de Tránsito 8.560, las Unidades Fijas (UF) equivalen al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper.

Con la suba en los combustibles el Gobierno provincial fijó el valor de la UF en 52,94 pesos.

El esquema de infracciones quedó de la siguiente manera:

Multas leve: entre 1.058,80 pesos y 5.294 pesos. Baja de 0 a 2 puntos. Ejemplo: conducir fumando.

Infracciones graves: entre 5.294 pesos y 10.588 pesos. Baja de 2 a 5 puntos. No llevar las luces encendidas.

Muy graves: entre 10.588 y 21.176 pesos. Baja de 5 a 20 puntos. Cruzar semáforos en rojo

Máximas. Entre 63.528 pesos a 105.880 pesos. Destrucción deliberada de señales de tránsito.
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 15 Nov 2019, 07:55

Consultorio vial
Infracciones de tránsito: ¿dónde buscar para saber si hay multas pendientes?
Antes de renovar la licencia es mejor no confiarse pese a que no hayan llegado notificaciones.
https://www.clarin.com/ciudades/infracc ... 9RKCz.html

A la hora de renovar la licencia o de transferir un vehículo exigen el libre deuda de multas. Para verificar si tenemos alguna infracción pendiente, hay que ingresar en las diferentes páginas web que ofrecen esa información: no conviene confiarse en no haber recibido nunca una notificación por correo, ya que muchas veces los avisos postales no llegan, sobre todo si las actas fueron labradas en alguna ruta provincial.
Infracciones de la Ciudad

En la web www.buenosaires.gob.ar se puede hacer la búsqueda por DNI o por chapa patente. ¿Cuál es la diferencia? Para renovar el registro, hay que consultar por DNI: si alguien tiene más de un vehículo, o posee una cédula azul y conduce el vehículo de otra persona, o vendió un vehículo pero no se hizo la transferencia y sigue siendo titular, ingresando el número de documento va a obtener el informe abarcativo de todas estas posibilidades.

La Dirección de Licencias, en el momento de hacer el trámite de renovación, tipeará este dato, es decir todas las infracciones pendientes de una persona. En cambio, si lo que el interesado quiere hacer es vender o comprar un auto en particular, la consulta hay que realizarla por el dominio: lo que importa es que ese vehículo no arrastre multas, y eso es lo que rastreará la Dirección del Registro Automotor al tramitar la transferencia.
En el caso de que aparezcan infracciones pendientes, pueden cancelarse mediante pago voluntario, con un descuento del 50% del valor real de la multa. Si no, hay que resolverlas en el Controlador de Faltas, con un turno que puede reservarse a través de la web o del 147. Un dato: cuando se cancelan las infracciones desaparecen automáticamente, con lo cual el Certificado de Libre Deuda, que era un papel que duraba 15 días y se pagaba aparte, ya no reemplaza a la información que brinda el sistema.
Provincia de Buenos Aires

Muchos municipios bonaerenses labran infracciones de tránsito y todo aquel que circule por la Ruta 2, donde hay muchos radares, debería chequear si tiene alguna multa pendiente. Para hacerlo hay que ingresar a www.infraccionesba.gba.gob.ar. En esta web también se puede buscar por DNI y dominio, y se agrega la opción de buscar por CUIT si el vehículo está a nombre de una empresa. También hay información sobre todos los Juzgados de Faltas municipales y provinciales a los que hay que concurrir para hacer el descargo, y un formulario por si se quieren discutir las infracciones de manera virtual. Asimismo, hay una plataforma para el pago online de las multas.
Provincia de Santa Fe

Las infracciones de la provincia de Santa Fe se consultan en el Juzgado Virtual: www.santafe.gob.ar. Las multas labradas en la ciudad de Rosario, en tanto, se averiguan en www.rosario.gob.ar. En ambos casos se habilita la opción de pago online con tarjeta de crédito. Si el infractor quiere efectuar su descargo, tiene que hacerlo en el Juzgado de Faltas que corresponda al lugar del hecho. El listado completo está en este link: www.transitosantafe.com, con números de teléfono para realizar consultas.
Provincia de Córdoba

Las infracciones labradas por la Policía Caminera aparecen en www.rentascordoba.gob.ar. Desde esa web pueden pagarse con tarjeta de crédito. Otra opción es dirigirse a una sucursal del Banco de la Provincia de Córdoba. Si, en lugar de pagar, el imputado quiere ejercer su derecho de defensa, puede realizar el denominado “descargo de multas de Caminera”. El trámite se debe realizar en el Juzgado de Faltas que corresponda al lugar del hecho y, según informa la propia Policía Caminera, "suele demorar varios días y es posible que exceda el tiempo vigente para abonar el pago voluntario del acta". El listado de los juzgados está en este link de tránsito. Es indudable que Córdoba la pone difícil.
El CENAT

Finalmente, para renovar la licencia de conducir hay que sacar el CENAT, que es un certificado que emite la Agencia Nacional de Seguridad Vial y reúne información de muchas localidades del país respecto de infracciones de tránsito. Su costo es de $ 240, se obtiene en boletadepago.seguridadvial.gob.ar y tiene una vigencia de 30 días desde la emisión.

Para consultas, seguir a Pablo Martínez Carignano en Twitter (@MutandisOnline)
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 26 Nov 2019, 08:06

Multas: ¿al conductor o al vehículo?
¿Tenés dudas sobre las leyes de tránsito que aplican la Caminera de Córdoba o la Municipalidad? Esta nota es para vos.
https://www.lavoz.com.ar/espacio-de-mar ... l-vehiculo

Multas de la Caminera de la provincia de Córdoba

La multa es una sanción y se aplica al conductor, no al vehículo. En este caso, la Policía Caminera debe detener al vehículo y notificar al conductor de la infracción mediante la entrega de un Acta de Constatación. Sólo en los casos en que el conductor se da a la fuga se puede labrar un acta con los datos del vehículo.

Multas de la Municipalidad

¿Por qué algunas multas de tránsito de la Municipalidad de Córdoba figuran a nombre de alguien que no cometió ninguna infracción? Esto depende del tipo de falta vial y de cómo fue labrada el acta por parte del inspector de tránsito municipal. Por tal razón, algunas multas de la Municipalidad podrán ser aplicadas al conductor y otras al auto o moto.
Una situación muy común para ejemplificar esta situación es el caso que el inspector encuentre un auto mal estacionado, sobre una senda peatonal, arriba de la vereda o no pago el parquímetro, por ejemplo. Aquí, el inspector realiza la multa al vehículo, sin importar quien lo haya estado conduciendo en dicho momento. Por lo tanto, quien figurará como responsable de la infracción será el titular del auto o moto.

En la mayoría de las ocasiones será de esta manera ya que los inspectores de tránsito municipales al momento de formular las actas por multas no identifican al conductor. Los pocos hechos en los que las multas de tránsito de la Municipalidad de Córdoba apuntan a la persona que conduce son cuando se trata de un operativo de control de alcoholemia, por ejemplo. En estos casos siempre se detiene al automovilista y le solicitan su identificación.

La mayoría de las multas apuntan al vehículo y en consecuencia figurarán a nombre del titular del automóvil.

¿Cómo saber si tenés multas de Municipalidad de Córdoba o de la Policía Caminera?

En el caso de la Municipalidad, la consulta se realiza a través del portal de servicios, en la opción de Tribunal de Faltas.

Allí, ingresando el dominio del vehículo se puede conocer si registra alguna infracción.
Para multas de la Caminera, la dirección de Rentas, dispone de un sitio al que se puede ingresar con el DNI o número de dominio.

Fuente: www.lavoz.com.ar / transitocordoba.com
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 29 Nov 2019, 08:04

La Legislatura porteña aprobó el nuevo sistema de puntaje para conductores
https://www.cronica.com.ar/info-general ... -0032.html
La iniciativa del Poder Ejecutivo endurece el scorign con descuento de puntos a quienes invadan parcialmente vías contrarias al sentido de circulación, circulen sin cinturón de seguridad o cometan otro tipo de infración de transito.
La Legislatura Porteña aprobó este jueves una iniciativa del Poder Ejecutivo que endurece el sistema de descuento de puntos a los conductores que invadan parcialmente de vías contrarias al sentido de circulación, circulen sin cinturón de seguridad o cometan otro tipo de infración de transito.La iniciativa sancionada con 41 votos de los bloques de Vamos Juntos y de aliados, apunta a reflotar el sistema de "scoring" creado en 2008, que consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos en función de las infracciones cometidas.

De acuerdo con la norma original, a cada conductor se le otorgan veinte puntos y recibe un descuento parcial ante cada infracción, lo que deriva -cuando se le agotan- en la suspensión del registro.

"La primera modificación sube la cantidad de puntos de penalidad a los conductores que vayan sin el cinturón de seguridad colocado en el caso de circular a bordo de un automóvil (de dos a cuatro) y sin el casco de seguridad para los motociclistas (a cinco)".

Avatar de
Por Crónica

La Legislatura Porteña aprobó este jueves una iniciativa del Poder Ejecutivo que endurece el sistema de descuento de puntos a los conductores que invadan parcialmente de vías contrarias al sentido de circulación, circulen sin cinturón de seguridad o cometan otro tipo de infración de transito.

La iniciativa sancionada con 41 votos de los bloques de Vamos Juntos y de aliados, apunta a reflotar el sistema de "scoring" creado en 2008, que consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos en función de las infracciones cometidas.

De acuerdo con la norma original, a cada conductor se le otorgan veinte puntos y recibe un descuento parcial ante cada infracción, lo que deriva -cuando se le agotan- en la suspensión del registro.

"La primera modificación sube la cantidad de puntos de penalidad a los conductores que vayan sin el cinturón de seguridad colocado en el caso de circular a bordo de un automóvil (de dos a cuatro) y sin el casco de seguridad para los motociclistas (a cinco)".

Compartir

La primera modificación sube la cantidad de puntos de penalidad a los conductores que vayan sin el cinturón de seguridad colocado en el caso de circular a bordo de un automóvil (de dos a cuatro) y sin el casco de seguridad para los motociclistas (a cinco).

También, se incluyen como faltas viales en el sistema de descuento de puntos a dos infracciones que hasta ahora no estaban en el listado: la invasión parcial de vías contrarias al sentido de circulación, y quienes muestren una conducción peligrosa a través de maniobras temerarias, maliciosas o imprudentes.
"La propuesta avanza sobre los casos de exceso de velocidad en los que, actualmente, la quita de puntos va de cinco a diez, depende del límite de circulación establecido de acuerdo al tipo de arterias: calles, avenidas o autopistas".
La propuesta avanza sobre los casos de exceso de velocidad en los que, actualmente, la quita de puntos va de cinco a diez, depende del límite de circulación establecido de acuerdo al tipo de arterias: calles, avenidas o autopistas.

En ese marco, el nuevo texto contempla la reducción de los puntos de modo proporcional al exceso de velocidad detectado, es decir, que si el conductor supera por 10 kilómetros el tope recibirá una quita, mientras que la pena será mayor si la circulación excede, por ejemplo, en 30 kilómetros por hora la máxima.

Según la presidenta de la comisión de Tránsito y Transporte, Cristina García, se trata de una modificación estructural del sistema de "scoring".
Además del endurecimiento, García explicó que la sanción recaerá -en principio- sobre el titular del auto quien, en caso de no haber sido el autor de la falta, deberá recurrir ante las autoridades para deslindar su responsabilidad.

Esa decisión viene a corregir una deficiencia del sistema ya que actualmente el conductor es identificado solo en el 2% de la faltas, lo que impide el descuento de puntos.

Aunque el bloque de Unidad Ciudadana y el resto de la oposición se abstuvo de acompañar la iniciativa, la diputada Paula Penacca dijo que es "factible de ser acompañada" dado que "pone a funcionar el scoring", pero destacó que para su aplicación "se necesita de un cuerpo de inspectores de tránsito que dista del actual" apuntando contra la "precarización que sufren" los trabajadores del área.

García, en el cierre del fragmento de discursos, lamentó que sus colegas no pudieran hacer foco en la sanción a los conductores temerarios y aceptó la inclusión de un artículo propuesto por Pennaca para obligar al Ejecutivo a realizar campañas de difusión sobre el sistema de scoring.
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Avatar de Usuario
alejandromp71
Torino 380 WTC
Torino 380 WTC
Mensajes: 8092
Registrado: 22 Nov 2014, 06:30
Ubicación: - huerta grande. cordoba- argentina-
Contactar:

Re: Multas de tránsito

Mensaje por alejandromp71 » 07 Ene 2020, 08:13

Seguridad vial
Cuáles son las diez infracciones de tránsito más comunes en la Ciudad y cuánto cuestan las multas
En 2019 se labraron más de 3 millones de actas. Y por primera vez, el exceso de velocidad superó al mal estacionamiento como la falta más cometida.
https://www.clarin.com/ciudades/infracc ... 9GBYt.html

Entre enero y noviembre de 2019 en la Ciudad de Buenos Aires se labraron 3.072.702 infracciones de tránsito. Y el 40,2% fueron por exceso de velocidad, que desplazó del primer lugar del top ten de las faltas al mal estacionamiento, según informó la Secretaría de Transporte y Obras Públicas porteña.

En 2019 hubo otra particularidad. El valor de la Unidad Fija (UF), que equivale al precio de medio litro de la nafta de mayor octanaje en la YPF del Automóvil Club Argentino, no aumenta desde febrero.

El Gobierno porteño se salteó la actualización de agosto y, por ahora, no planea hacerla. De esta forma la UF quedó congelada en $ 21,40. Con ese valor se calcula el monto de las multas.
Este es entonces el ránking de infracciones más comunes en la Ciudad y la multa que hay que pagar por cada una de ellas.

El primer puesto es ocupado por el exceso de velocidad. Se labraron 1.235.593 actas por esta falta y de ese total, el 62,4% se hicieron en autopistas y el 37,3%, en avenidas y vías rápidas. Las sanciones varían según la gravedad de la falta. La pena máxima es para quienes circulan a más de 140 km/h y oscila entre $ 8.560 (400 UF) y $ $ 85.600 (4.000 UF).

Mientras tanto, la multa por superar la máxima en hasta 20 km/h en vías comunes o en hasta 40 km/h en las rápidas cuesta $ 3.210 (150 UF). Y si se pasan esos topes la sanción es de $ 5.350 (250 UF). Cuando el infractor está conduciendo un transporte público en servicio, la sanción se eleva al doble.
En el segundo puesto quedó el estacionamiento indebido, que con 994.477 actas representa el 32,4% de las infracciones. La multa por esta falta es de $ 2.140 (100 UF). Pero atención, porque si el vehículo mal estacionado está ocupando lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de colectivos, entradas de garajes, ciclovías o carriles exclusivos, o está en el Macro y Microcentro, la sanción es de de $ 4.280 (200 UF). Y si está obstruyendo una rampa para discapacitados o en un área peatonal, de $ 6.420 (300 UF).
La tercera infracción más común es ingresar sin permiso a las áreas peatonales del Centro, el Casco Histórico o Tribunales, con 416.395 actas, el 13,5% del total. En este caso, la multa es de $ 2.140 (100 UF).

En el cuarto lugar está usar el celular mientras se conduce, con 135.780 infracciones (el 4,4% del total). La multa es de $ 2.140 (100 UF). Aunque si se está enviando mensajes de texto, el valor se duplica y la sanción es de $ 4.280 (200 UF).
Este año, la violación de luz roja subió un puesto y está en el quinto lugar, con 72.214 infracciones (2,3% del total). La multa va de 300 a 1.500 UF. De esta manera, su valor oscila entre $ 6.420 y $ 32.100 cuando se aplica la pena máxima.

La sexta falta en el ránking es evadir el pago del peaje, con 41.535 infracciones (1,3% del total). Se sanciona con una multa de 150 UF, por lo que asciende a $ 3.210.

La séptima infracción más habitual es invadir los carriles exclusivos del transporte público, con 34.704 actas (1,1% del total). La multa por hacerlo es de $ 3.210 (150 UF).

En el octavo puesto le sigue no respetar las indicaciones de la autoridad. En 2019 se labraron 21.183 actas (0,7% del total) a conductores rebeldes, que recibieron una multa de $ 1.498 (70 UF).
En el noveno lugar, con 14.067 actas, es decir el 0,4% del total, está la infracción del giro prohibido. La multa es de $ 2.140 (100 UF).

No utilizar el cinturón de seguridad es la infracción que quedó en el décimo lugar del ranking, un puesto por debajo del año anterior, con 11.309 actas (0,4% del total). La multa también es de $ 2.140 (100 UF).

Así queda entonces la lista de las infracciones más sancionadas. Y en esto influye mucho en que el 74% de las faltas se detectan mediante sistemas electrónicos, como radares de velocidad o fotomultas.

NS
Alejandro-----gr 80
alejandromp71@hotmail.com
ImagenImagenImagen
Responder